El Decreto No. 31 “De las infracciones de las medidas sanitarias para la prevención y enfrentamiento de la COVID-19”, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 8, del 29 de enero de 2021, regula la aplicación de sanciones para los ciudadanos que incumplan los protocolos sanitarios. Una normativa que será utilizada en todo el territorio nacional.
La norma, impulsada por el Consejo de Ministros, deroga el Decreto No. 14/2020 sobre las regulaciones en materia de contravenciones para el territorio de La Habana. El Decreto No. 31/2021 pauta casi las mismas contravenciones reconocidas en su predecesor, pero ahora podrá utilizarse en todo el país para imponer sanciones administrativas. Los infractores serán penalizados con multas entre 2 000 y 3 000 pesos cubanos.
Dentro de las medidas de obligatorio cumplimiento que reproduce el Decreto No. 31/2021 se encuentran, entre otras: la utilización del nasobuco; no acudir a las escuelas y centros de trabajo si se presentan síntomas sugerentes a la COVID-19; no realizar fiestas, juegos o motivar la aglomeración de personas en espacios públicos.
También podrán ser sancionados con multas quienes no dispongan en las entidades estatales, no estatales y otras instituciones, de los medios de protección requeridos, especialmente en aquellas actividades laborales donde se interactúe, de manera constante, con el público. Asimismo, podrán ser multados quienes no habiliten, en los espacios antes mencionados, soluciones de agua clorada o alcohólica para la desinfección de manos y superficies.
La nueva normativa conserva algunos de los más cuestionables planteamientos del Decreto No. 14. Por ejemplo, mantiene el denominado “recurso de apelación” contra las sanciones impuestas, pero establece que quien conoce y resuelve la reclamación no es un órgano superior en jerarquía, sino el jefe inmediato de quien impone el correctivo.
De igual manera, no se modifica el hecho de que ninguno de los recursos que se presenten suspende la obligación de pagar la multa. No importa si se apela o no, la exigencia de pagar la multa en el término de 30 días es ineludible.
Por otra parte, el Decreto No. 31 transforma aspectos importantes que fueron señalados contra el Decreto No. 14. En este sentido, amplía el término de pago de 10 a 30 días naturales; y realiza cambios con respecto a la resolución de casos a los que, transcurridos los 30 días, se les haya duplicado el monto inicial de la sanción.
El Decreto No. 14 establecía que, al término de estos 30 días, solo era posible la denuncia penal en contra del infractor y, por ende, su procesamiento judicial. Negaba la posibilidad de utilizar la “vía de apremio” como último recurso administrativo para el cobro de las multas.
La vía de apremio es un proceso especial que inicia la autoridad encargada de cobrar las multas, una vez vencido el término de pago, en caso de que el infractor no hubiese liquidado voluntariamente su deuda, o no llegase a un acuerdo periódico de pago. Este proceso permite el embargo de bienes cuyo valor sea equivalente al monto gravado y así evita el procesamiento penal del transgresor.
El Decreto No. 31, en esta oportunidad, reconoce a la vía de apremio como recurso de la administración e impide el uso indiscriminado de la jurisdicción penal para controlar conductas sobre las que el Estado ha decidido imponer, principalmente, sanciones administrativas.
Condiciones en las que se promulga el Decreto No. 31/2021
Desde mediados de enero de 2021 el número de contagios en la ciudad de La Habana y en el resto del país comenzó a elevarse de manera significativa. El 13 de enero, las autoridades habaneras anunciaron que comenzarían a aplicar nuevamente la totalidad de las disposiciones contenidas en el Decreto No. 14/2020 –norma que había suspendido, desde octubre de 2020, nueve de sus doce contravenciones.
En la actualidad, aunque el epicentro de la pandemia continúa concentrándose en la capital, el resto del país muestra cifras elevadas de propagación del virus. El número de contagios diarios en el archipiélago se ubica ya por encima de mil. Sin embargo, el Decreto No. 14 era una norma espacialmente limitada a La Habana y que no podía emplearse para sancionar conductas infractoras en el resto de los territorios afectados por la COVID-19.
En otras localidades, igualmente dañadas por la pandemia como Santiago de Cuba, ante la imposibilidad de utilizar el Decreto No. 14, se produjo el uso excesivo de la jurisdicción penal para controlar y sancionar a quienes incumplían las medidas sanitarias. El periódico Sierra Maestra, en un reporte del 22 de enero de 2021, reconoció que “desde el inicio del actual rebrote de COVID-19 en la provincia, se habían radicado 142 denuncias contra 179 acusados por violaciones de las regulaciones establecidas para contener la propagación de la pandemia, con lo que se han iniciado los procesos jurídico penales correspondientes”.
De esas 142 denuncias, 117 se formularon por el delito de propagación de epidemias, 11 por atentado, 6 por desacato y 5 por desobediencia. A pesar del uso de la vía penal, la mayoría de estos procesos terminan resolviéndose con sanciones administrativas que impiden que los procesos lleguen a los tribunales. El semanario santiaguero indicó que se concluyeron 72 procesos y en 54 de ellos se impusieron multas por cuantías que oscilaron entre 500 000 y 2 000 pesos cubanos.
Probablemente la radicación de procesos penales relacionados con las medidas para controlar la COVID-19 en la provincia de Santiago de Cuba se reduzcan con la implementación del Decreto No. 31. A diferencia de la costosa e invasiva jurisdicción penal, las autoridades contarán en la actualidad con una normativa que permite considerar como contravenciones lo que hasta ayer tipificaban como delito.
No obstante, la existencia de esta norma con alcance nacional no necesariamente garantiza el abandono de la vía penal como instrumento de control. Las autoridades habaneras –antes de la publicación del Decreto No. 31– anunciaron que, por indicación del Primer Secretario del Partido Comunista (PCC) de esa ciudad, debía formularse una denuncia penal en contra de viajeros que violaran las medidas sanitarias, independientemente de la imposición de la multa correspondiente.
El Decreto No. 31, a diferencia de su predecesor, establece nuevas contravenciones y sanciones específicas para los viajeros que infrinjan las medidas sanitarias y para los familiares y arrendadores que los reciban. Pero no debe perderse de vista que las indicaciones del PCC anunciadas en La Habana podrían reproducirse al interior del país. Esto implicaría el uso de la vía penal no como recurso último contra las violaciones más graves o temerarias, sino como complemento obligatorio a la aplicación de las sanciones administrativas.
De ser así, se corre el riesgo de que las contravenciones sanitarias implementadas por el Decreto No. 31 no sustituyan el uso de la vía penal como principal forma de control de la pandemia. Por el contrario, permitirían extender a todo el territorio nacional la práctica –ya utilizada en La Habana– de penalizar de manera dual (administrativa y penalmente) a los transgresores que las autoridades decidan.
Es injusto por que en algunos casos la policia es extremista esto no es una dictadura esto es un pueblo revolucionario
Tuve la experiencia de que me multaran a mi y 3 personas mas por puro extremismo y sin motivos por policias prepotentes que dejan mucho que desear y no debian portar el uniforme que visten, esos que hacen que el pueblo los mire mal
Yo quiero hacer una pregunta en q parte dice q no se puede fumar en la calle a una distancia minima de seguridad de 4 metros Fui multado con 2000 cup por eso un trabajador por cuenta propia interrupto por el gobierno porque mandaron a parar lad panaderias estatales .Entonces mi pregunta es
Como pago yo esa multa ?
Es un abuso me multaron por escupir todo es al extremo se q estos comentarios son por gusto
Buenos días , Mi nombre es Camilo Manuel Reyes Deaño soy Ing. Químico e Inversionista de una empresa Mixta ubicada en refinería .Ayer salia de mi trabajo y esperaba el transporte y el director técnico de castrol me llama para cuestiones de trabajo. Y una patrulla me pidió el carne para multarme con el decreto 31/2021 articulo 2.1 inciso C por hablar un momento sin el nasobuco aislado sin contaminar a nadie .A mi parecer es un extremismo.
Buenos días, mi nombre es Irael Cabrera Espinosa, soy de Bartle, Las Tunas. Informático por prefesión y trabajado a la vez como contribuyente por Cuenta Propia de la ONAT.
Mi siguiente reflexión es: ¿ Por qué existen aún policias extremistas en nuestro país?.
En mi caso fui multado el pasado martes 16 de febrero por el Jefe de Sector de mí localidad por 3 000 pesos. Me llama por teléfono para que me presentara al Sector Militar y cuando llego me dice que era para aplicar la multa porque según el le dieron la información que yo el Domingo anterior había realizado fiesta en mi casa (Celebrando el día de los enamorados), aglomeración de personas etc, cosa que es incierta, pero mi reflexión es si le dieron la información el por qué no la corrobora y espera dos días más tarde para multarme, aún si fuera verdad el deber de el era vicitarme en mi casa y cogerme violando la ley, no trabajar y aplicar decretos por informaciones que le dan, sabe dios quién?. Hasta cuando, aquí no hay dictadora sino ciertos compañeros que actúan como tal….
Cómo es posible que le impongan una multa a un trabajador por no usar el nasabuco tres días después sin notificar su indisciplina en el momento.
No estoy de acuerdo con las medidas que están tomando y mucho menos si somos trabajadores que no hemos parado desde que está pandemia comenzó y jamás he tenido ningún requerimiento con relación al nasobuco ni e incumplido con las normas sanitarias pues tengo familia donde hay pequeños menores de dos años que cuido mas que a mi propia vida hoy me negué a firmar una multa de 2000 pesos pues eso es lo que cobro mensual si pago esa multa mi familia se queda sin comer creo que las medidas deben de imponerselas a los que están poniendo las multas pues detrás de un extremista siempre hay un oportunista
OPORTUNOS COMENTARIOS Y MALA INTERPRETACION DE LOS ARTICULOS DEL DECRETO ESTOY DE ACUERDO EN QUE SE MULTE AL INFRACTOR PERO OJO CON LOS QUE SE APROVECHAN DE SUS FACULTADES PARA IMPONER MULTAS POR CUALQUIER COSA, POR EJEMPLO QUE UNA PERSONA QUE SE SIENTA MAL EN UN MOMENTO Y TENGA QUE ACUDIR AL DOCTOR DE URGENCIAS EN UNA POSTA MÉDICA SEA MULTADO POR ANDAR EN LA CALLE CUANDO EL POBLADO ESTÉ EN CUARENTENA , PIENSO QUE LA ASISTENCIA MÉDICA NO ESTÁ PROHIBIDA EN ESE CASO O SI
Quiero aser una pregunta hoy a mi hijo a las 8 de la noche le pusieron un multa de 2000 mil a las 8 de noche, ya que se trasladaba a la casa a comer, con todas las medidas bien cumplida,no estoy de acuerdo con la misma, que yo sepas guines no tiene toque de queda en esta momentos
Hola,Tengo una duda me pusieron una multa de 2000 pesos segun el compañero de la policía porque después de las 8 pm no se puede salir y cuando miro la multa la misma dice disposicion legal 31 art 2-1 inciso c y cuando reviso la gaceta dice que es por no usar el nasobuco esta mal aplicada esa multa o no ?
Buenas tardes: mi nombre es Marcelo Capote y trabajo en la empresa importadora Consumimport. hoy me impusieron una multa de 2000 cup que considero injusta. yo estaba en mi oficina la cual no comparto con nadie porque trabajo solo y es bastante amplia y mi buró se encuentra a mas de 2 m de la puerta. la ejecutiva de higiene y Epidermiologia del municipio me impuso la multa por mal uso del nasobuco. realmente lo tenía en la barbilla pero repito, trabajo solo y en mi mismo puesto de trabajo tengo que hacerlo todo merendar, almorzar, tomar agua etc por las medidas sanitarias. no recibo a ningun cliente en mi oficina y cada vez que algún compañero de trabajo toca mi puerta para preguntar algo me subo el nasobuco cosa que hice al ver a las compañeras. me dijeron que en ese horario no podia tener el nasobuco por debajo de la nariz dentro de mi oficina que si hubiese sido horario de almuerzo o de merienda lo hubiesen respetado y no hubieran impuesto la multa. me explicaron que con el nasobuco bajo podía contaminar mi area de trabajo en caso de que estuviera infestado y me pregunto si a la hora de almuerzo, merienda, de tomar agua o de hablar por telefono dentro de mi oficina aislado no se trasmite el covid-19 en caso de que lo tuviese. El covid-19 tiene horario para trasmitirse? me parece que han sido muy extremistas y que sus argumentos no me han convencido ni a mi ni a nuestros directivos. Por favor, necesito que me den sus criterios y comentarios al respecto. por el momento yo apelaré esta imposición de multa por considerarla injusta,
Le pido al gobierno de nuestra provincia que tome medidas con los.inspectores de salud y la policia, se está creando descontento en la población por su actuar extremistas, no tienen poder de análisis, sabemos que la situación con la pandemia es crítica pero eso no puede llevar a actuaciones extremistas y de abuso de poder, estoy muy de acuerdo que quien incumpla con las.medisas y ponga en riesgo a otras personas sea sancionada pero debe analizarce, una persona aislada quizás a más de 3-5 metros de otra no transmite nada y no hace daño que por un momento se bajeel nasobuco para escupir, fumar o simplemente para secarse el sudor de la cara, una persona en un auto solo tampoco transmite nada, todo parece una cacería de brujas para multar con 2000 pesos, la situación económica de la mayoria del pueblo es muy mala pues a pesar del aumento salarial, la.inflacion se ha ido muy por encima y prácticamente quien gane menos de 5000 se las ve muy fea para al menos llevar algo de comer a l familia y si encima de eso se le aplica una multa de dos.mil pesos por una situación antes expuestas que se hace? Roba para alimentar a su familia? Esos inspectores y policías tal parece que actúan NO por conviccion ni ayuda y conciencia sino todo lo contrario, para demostrar su poder y perjudicar a un trabajador que no perjudica a nadie, repito, se está creando descontento y apatía en el pueblo y eso sí le hace daño a la Revolución y mucho más que la pandemia, además están provocando enfermedades cardiovasculares y agravando a los que la padecen. He visto colas con hacinamiento y ningún policía ni inspector, policías fumando con el nasobuco abajo pero si le haces una foto como mejor sales es en una unidad de la policía y quizás te acusen de ser pagado por el enemigo. Pido nuevamente a nuestro gobierno que tome medidas al respecto, con los que pongan en riesgo la salud, mano dura. Pero que se analice si realmente hay riesgo y no multar por multar o por cumplir un plan de recaudación o un número.
Camila gomez nuñez 2/5/21
Buenos días mi nombre es camila Gomez Nuñez soy ama de casa tengo 3 niñas voy hacia la provincia de holguin donde estoy en este momento de la covid 19 por razones personales mi esposo rento un carro de turismo para ir a la habana a buscar mi cuota y las de mis niñas y entre otras cosas buscar cosas personales q tenia allá no tuve ningún problema desde oriente hasta la habana al regresar a holguin a las 12 y 32 después de haber pasado varios puntos de controles donde me chequeo el personal de la pnr me paran en la zona de Taguazco y me multan a mi esposo por circular sin el permiso interprovincial quiero q alguien me diga q donde dice q no puedo circular cuando yo rento y en ninguna parte del contrato dice q necesito permiso alguno para circular esto es un carro q además estoy pagando en mlc díganme quien me paga el tiempo q lo tengo parqueado y q además me están penalizando por un artículo q es por no usar nazobuco el cual estaba usando correctamente o la PNR no conoce la constitución de este país es indignante necesito una respuesta como ciudadana de este país.
Esto es un verdadero desafío para los ciudadanos cubanos..
10/06/2021
Hoy me encontraba hablando por teléfono en un área que no hay aglomeración y mucho menos personas y solo por que tenia el nasobuco abajo fui notificado por estos que aparecen en la foto..
No me importa la cuantía es decir la cantidad de dinero por el que fui multado, lo importante es que personas como estas no tienen la más mínima educación..
Me hicieron interrumpir la llamada y como dige antes no estaba cerca de personas algunas..
El agente del orden público en tono descompuesto me maltrato verbal.
Pienso que deberían de preparar más a las personas que hacen este trabajo para poder educar a la ciudadanía, no sólo es notificar o amonestar para eso creo que existe la profilaxis..
Entiendo que son medidas de la salud..
Pero primero debemos de revisar que los ciudadanos incumplan las mismas..
Yo en mi caso al no estar cerca de alguna persona o un lugar de aglomeraciones, pienso que fueron muy arbitrarios..
Como dije antes no me preocupa la cuantía, pero llevaré esto a los tribunales..
No soy un propagador de epidemia..
Reclamar esto en mi municipio es como se dice coloquial ( por gusto).
Subo esto a las redes sociales con el ánimo de que alguien lea y le interese para con el personal que cumple esta labor..
Tengamos en cuenta que aparte de los problemas sociales somos seres humanos que merecemos respeto y buen trato..
Mi pregunta por parte del agente.
¿Conoce lo que es seguridad pública?
¿Sabe lo que es la profilaxis?
Suficiente con esto expuesto..!!
A quién le pueda interesar solo persigo que se cumpla el concepto de revolución..
** Es ser tratado y tratar a los demás como seres humanos.!!
Hermosa mañana de jueves!! Hoy me encontraba hablando por teléfono en un área que no hay aglomeración y mucho menos personas y solo por que tenia el nasobuco abajo fui notificado por estos que aparecen en la foto.. No me importa la cuantía es decir la cantidad de dinero por el que fui multado, lo importante es que personas como estas no tienen la más mínima educación.. Me hicieron interrumpir la llamada y como dige antes no estaba cerca de personas algunas.. El agente del orden público en tono descompuesto me maltrato verbal. Pienso que deberían de preparar más a las personas que hacen este trabajo para poder educar a la ciudadanía, no sólo es notificar o amonestar para eso creo que existe la profilaxis.. Entiendo que son medidas de la salud.. Pero primero debemos de revisar que los ciudadanos incumplan las mismas.. Yo en mi caso al no estar cerca de alguna persona o un lugar de aglomeraciones, pienso que fueron muy arbitrarios.. Como dije antes no me preocupa la cuantía, pero llevaré esto a los tribunales.. No soy un propagador de epidemia.. Reclamar esto en mi municipio es como se dice coloquial ( por gusto). Subo esto a las redes sociales con el ánimo de que alguien lea y le interese para con el personal que cumple esta labor.. Tengamos en cuenta que aparte de los problemas sociales somos seres humanos que merecemos respeto y buen trato.. Mi pregunta por parte del agente. ¿Conoce lo que es seguridad pública? ¿Sabe lo que es la profilaxis? Suficiente con esto expuesto..!! A quién le pueda interesar solo persigo que se cumpla el concepto de revolución..!!
Dejen de publicar tanta bobería que en Cuba la policía hace lo que se le de la gana y no pasa nada, el comunismo de hoy no es el comunismo de fidel
Me impusieron una multa de 2000,00 pesos por tener mal puesto el nasobuco al terminar de fumarme un cigarro en la entrada del edificio en que vivo. Bien, hasta ahí estoy de acuerdo, pero y es la pregunta que me hago, si yo estoy dispuesto a pagar la multa, pero no dispongo el dinero suficiente pues soy estudiante Universitario y sólo recibo un estipendio de 400,00 pesos por qué razón no se me puede hacer un convenio, si hasta hace poco lo estaban haciendo Me han dicho en las oficinas de el cobro de multas que se estaban poniendo o haciendo mucho convenios y que la gente incumplía, creo que a los que incumplan se le debe aplicar una medida por ese incumplimiento, pero no estoy de acuerdo a que todos paguemos “justos por pecadores” Eso traería mas disgusto a la población al pueblo y de ello se agarrarían los opositores o pro-yanquis para incendiar nuestro pais
Pido a las autoridades este analisis, pues yo no debería ser afectado por los incumplidores
Me llamo Alejandro Salgado Román trabajo en un bar q está cerrado por problemas de la covid, tengo a mi madre q es paciente psiquiátrica,ayer fui a verla porq tenía una crisis y le llevé medicamentos cuando volvía para mi casa eran cerca de las 6:10 pm un oficial de la PNR me multa con 2000 pesos porq dice q no se puede circular después de las 6:00, luego paran a dos conductores más y no los multan, entonces pregunto yo esto es una casería de brujas o ellos multan a quienes determinen, nos quejamos del bloqueo pero nos estamos matando nosotros mismos
Ojo el abuso de poder y hacer lo que le da la gana a quienes tieen la ley en sus manos no trae buenas consecuencias a nadie, reitero el abuso de poder es una fabrica de enemigos contra el sistema de cuba, en nada ayuda ni educa a nadie, cada persona que es ultrajada se convierte de a poco en un oponente
12-05-2022
…Hay alguien allí… alguien escucha…?
Para el cubano de a pie parece no ser suficiente con los retos que nos impuso la pandemia por COVID; pues a ello, se nos han sumado los efectos de la crisis económica, con los consabidos aumentos de precios, el desabastecimiento y otras situaciones críticas [que no sólo afectan a Cuba]
Hoy, no pocos debates familiares y ciudadanos coinciden sobre estos temas; la migración y las situaciones inesperadas, tales como la lamentable explosión del Hotel Saratoga.
Y, a todo ello, ahora debemos sumarle las multas y sanciones que no se adecuan a la situación por la cual atraviesa nuestro país.
Si bien ningún ciudadano está facultado para contravenir las leyes, ni las garantías establecidas para su cumplimiento; debemos preguntarnos cuál es el sentido educativo de cada Ley y cómo se inserta en el contexto actual de nuestro país.
Soy cartero de la Unidad de Correos Habana 7; devengo un salario básico de aproximadamente $2,600.00 CUP mensuales [al cual no siempre se le añaden las denominadas “Utilidades” de nuestra Empresa]. En el día de ayer, a varios de sus trabajadores se nos impusieron multas de $2,000. 00 CUP c/una “por portar los nasobucos en forma incorrecta”. Ante las inquietudes nuestras, cual si no fuesen cubanos; los impasibles inspectores, alegaron que “estaban cumplimentando con lo establecido”.
No digo que no hayamos podido ser multados; que aun cuando las cifras de esta terrible enfermedad han descendido notablemente y estemos vacunados, todos estemos obligados a cumplimentar las medidas establecidas: ¿Pero es coherente la imposición de multas de semejante cuantía a personas que aún en la crisis, nos estamos esforzando por servir al pueblo?¿No era suficiente con que el valor de éstas oscilase entre $100.00 y $200.00 CUP, según la magnitud de la infracción; acompañado de una charla educativa?
Lo ocurrido ayer en Habana 7; se contrapone con algunos preceptos de nuestra Constitución; en la cual reza que en Cuba “es el pueblo quien tiene la soberanía y de quien dimana el poder”; ya que no se explica por qué semejantes individuos hayan sido contratados para una labor tan sensible, por aquellos que conforman el poder legal y político; para servir al pueblo, y no al contrario. Siendo que, ante nuestras inconformidades, sólo se nos dijo que podríamos reclamar en una entidad situada en la Calle 10 de Octubre entre Zapote y Santa Irene, sin otros detalles.
Mi pregunta es; ¿Por qué tienen que ser estas personas de tan pobres sentimientos humanos y revolucionarios; quienes representen a nuestro Gobierno y a nosotros mismos? ¿Acaso no existen ciudadanos mejor preparados para trabajar con el público? ¿Por qué tenemos que seguir siendo víctimas de maltratos, vejaciones e injusticias como las narradas? ¿Debemos afirmar que estas exageradas sanciones son correctas y educativas? ¿Por qué debemos continuar viviendo como si no tuviésemos nada ni nadie que nos defienda ante estas y otras realidades? ¿No podría nuestro Gobierno actual cambiar estas cosas ¿Hay alguien allí… alguien escucha?
Juan Carlos Chillón Paizán
Cartero de la Unidad de Correos Habana7
Multa Nro. 655509 del 11-05-2022
[Conforme a la Disposición Legal Nro. 31, Artículo 2.1, Inciso c)]